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¿Existen otras alternativas?

Existen alternativas para responsabilizar a las fuerzas policiales y / u organizaciones por abusos contra los derechos humanos. Piense si alguno de las siguientes opciones podría ser adecuada para usted.

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Reclamos ante instituciones nacionales de derechos humanos

Las INDH son instituciones independientes que tienen la responsabilidad de proteger, supervisar y promover los derechos humanos en un país.

Recursos clave:

Para obtener más detalles sobre estas organizaciones, consulte la hoja informativa sobre las INDH del Foro de Asia y el Pacífico.

En el sitio web del ACNUDH se puede encontrar una lista de los nombres de las INDH en diferentes países.

Las INDH no emiten juicios jurídicamente vinculantes como un tribunal, pero pueden iniciar investigaciones sobre cuestiones de derechos humanos. La publicidad de las reclamos y consultas de las INDH puede crear conciencia y presionar a los gobiernos y las empresas para que cambien sus acciones.

Algunas INDH también pueden escuchar reclamos individuales a las INDH de personas, sus representantes, terceros u ONG. La secuencia exacta de pasos variará según la INDH a la que presente su reclamo, pero en general, el manejo del reclamo sigue pasos similares, incluidos los siguientes:

Procedimiento de reclamos ante INDH:

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Recepción de denuncia

El INDH recibirá su reclamo.

·         2

Investigación

Las INDH generalmente tendrán los poderes necesarios para realizar una investigación sobre una denuncia. Los pasos que se toman en relación con una investigación pueden incluir: – Obtener evidencia de víctimas y testigos; – Interrogación de testigos; – Obtención de documentos e información; y – Entrar en las instalaciones para realizar inspecciones.

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Conciliación

Algunos INDH están obligados a tratar de resolver los reclamos mediante un acuerdo entre la persona que presenta la reclamo y la persona sobre la que se ha presentado la reclamo. «Conciliación» es el término para este proceso. Sin embargo, no todos los reclamos de derechos humanos pueden resolverse mediante conciliación ni todos los reclamos son apropiadas para ello. Los INDH deben tener en cuenta el bienestar y las necesidades de la víctima como una prioridad.

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Informe o referencia

Los reclamos ante el INDH generalmente no concluyen con una sentencia vinculante ni en una orden de reparación ejecutable. Los informes generalmente describen los hallazgos de las INDH y hacen recomendaciones. Alternativamente, el INDH puede remitir casos a los tribunales ordinarios. Al remitir un caso a un tribunal, los INDH pueden preparar un informe en el que se indique el tipo de denuncia, cómo la ha manejado y el proceso y los resultados de las investigaciones realizadas en relación con ella. En algunos casos, los INDH pueden ayudarlo a llevar su caso a los tribunales.

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El Grupo de Trabajo de la ONU sobre la Detención Arbitraria

Además de los reclamos ante los tribunales regionales de derechos humanos y los órganos creados en virtud de tratados de la ONU, hay otros órganos internacionales de derechos humanos que trabajan en cuestiones de arresto y detención. El IHRB más importante para la detención arbitraria es el Grupo de Trabajo de la ONU sobre la Detención Arbitraria, que revisa alrededor de 100 casos al año (aunque cada caso puede afectar a varias personas).

Destacado: ¿Cómo presento un reclamo?

Usted o su familia, representantes o una organización no gubernamental que se ocupe de su caso, pueden ponerse en contacto directamente con el Grupo de Trabajo mediante un modelo de cuestionario disponible en línea, aunque no es obligatorio, y se considerará cualquier contacto.

Su carta no debe exceder las 20 páginas y es posible que no se tenga en cuenta material adicional. En la medida de lo posible, debe incluir lo siguiente:

  • La fecha y lugar de su arresto, detención o privación de libertad e identidad de quienes se presume que lo llevaron a cabo
  • Cualquier información que arroje luz sobre las circunstancias de su arresto
  • Las razones dadas por las autoridades para su arresto, detención o privación de libertad
  • La legislación aplicada en su casa
  • La acción tomada por las autoridades administrativas y judiciales locales, y cualquier acción tomada a nivel internacional o regional, así como los resultados de dicha acción o las razones por las cuales las medidas fueron ineficaces o no se tomaron
  • Una descripción de las razones por las que su privación se considera arbitraria; y
  • Un informe de cualquier otro elemento de su caso que permitirá al Grupo de Trabajo comprender su situación, como las fechas del juicio o las condiciones de encarcelamiento.

No necesitará haber agotado todas sus opciones locales antes de comunicarse con el Grupo de Trabajo.

A continuación, el Grupo de Trabajo remitirá su comunicación al gobierno interesado con sus comentarios y observaciones sobre sus alegaciones. Ellos plantearán los hechos y la legislación aplicable y solicitarán una respuesta de su gobierno dentro de los 60 días. Puede concederse una prórroga de hasta dos meses a petición del Gobierno. No se divulgará su identidad.

Cuando se reciba una respuesta, esta se le enviará para proporcionar cualquier comentario final. Si no se proporciona una respuesta, el Grupo de Trabajo tomará una posición sobre el caso.

Después de considerar toda la información, tomarán una de las siguientes medidas:

  • Dar una opinión de que su detención fue arbitraria y hacer recomendaciones al gobierno;
  • Emitir una opinión de que su detención no es arbitraria;
  • Mantener su caso pendiente hasta que se proporcione más información del gobierno pertinente;
  • Si no se puede obtener información suficiente, puede presentar su caso de manera provisional o definitiva; o

Cualquier opinión producida por el Grupo de Trabajo se envía al gobierno pertinente junto con sus recomendaciones. Estos se le enviarán 48 horas después de que esto ocurra y el Grupo de Trabajo los publicará anualmente. Como ocurre con la mayoría de los procesos de la ONU, estas recomendaciones no se pueden aplicar directamente, pero se ejerce presión política sobre el país infractor.

Todas las opiniones se transmiten al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (“UNHRC”), quien las tendrá en cuenta. El grupo de trabajo mantendrá al CDHNU actualizado con cualquier novedad. La negativa a cumplir con las recomendaciones puede llevar a que se tomen más medidas a nivel político internacional. Desafortunadamente, los estados no siempre reconocen o implementan recomendaciones.

También puede ser posible utilizar el procedimiento de acción urgente:

Destacado: el procedimiento de acción urgente.

También existe un procedimiento de «acción urgente» en el que existen alegaciones suficientemente fiables de que está siendo detenido arbitrariamente y que su detención continuada puede representar un grave peligro para su salud o su vida. El Grupo de Trabajo puede utilizar este procedimiento en otros casos a su discreción.

Al utilizar este procedimiento, el grupo de trabajo se pondrá en contacto con el Ministro de Relaciones Exteriores del Estado correspondiente para solicitar que se tomen las medidas adecuadas para garantizar su derecho a la vida y que se respete su integridad física y mental. Sin embargo, estas apelaciones son solo de naturaleza humanitaria y no afectarán la evaluación final sobre si su detención es realmente arbitraria.

Es poco probable que los reclamos presentadas ante los IHRB proporcionen una resolución inmediata, pero un hallazgo a su favor puede ser una herramienta poderosa de usar.

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Campañas

Hacer campaña puede ser una forma poderosa de crear conciencia sobre la injusticia y presionar al gobierno para que cambie sus acciones. Las campañas se pueden utilizar para ayudar a las personas a ser puestas en libertad cuando son detenidas ilegalmente y para lograr la rendición de cuentas. Puede ponerse en contacto con grupos de derechos humanos nacionales o internacionales que pueden lanzar una campaña pública para impulsar su liberación. Ejemplos incluyen:

Amnistía Internacional

Human Rights Watch

Centro de Acción de Derechos Humanos

Trial Internacional.

Para obtener más información sobre las campañas, consulte la sección Campañas en nuestra Guía A4J sobre Comparecencia en Tribunales: Preguntas y respuestas.

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